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SUPUESTO FRAUDE POR $6'986,228.17 PESOS POR SUPUESTOS SOBREPRECIOS EN OBRAS REALIZADAS EN LA DELEGACIÓN TLÁHUAC.
EL 21 DE JUNIO DE 2005 SE DECRETÓ LA FORMAL PRISIÓN A CARLOS AGUSTÍN AHUMADA KURTZ POR EL JUEZ 34° DE LO PENAL DEL FUERO COMÚN DEPENDIENTE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.
ANTECEDENTES:
AVERIGUACIÓN PREVIA FAE/DT2/25/04-03 Y LA FAE/BT3/0033/04-04
- El 28 de septiembre, Carlos Agustín Ahumada Kurtz ofreció diversas pruebas de su defensa en la citada averiguación previa.
- El día 5 de octubre se desecharon la totalidad de las pruebas por el Ministerio Público de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, Lic. Mauricio Blancas Valerio.
- Ante la arbitrariedad de estos hechos, el 6 de octubre, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal envió un oficio a la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal solicitando "se garantizaran a favor de Carlos Agustín Ahumada Kurtz las garantías que en su favor consagra el artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con relación al numeral 269 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal".
- El 20 de octubre de 2004, Carlos Agustín Ahumada Kurtz solicitó el amparo y la protección de la justicia en este caso, turnándose al juzgado 1° B de distrito en materia penal del poder judicial de la Federación con el número 2412/2004 contra la resolución administrativa del 5 de octubre de 2004, en la que se desecharon pruebas ofrecidas en la averiguación FAE/DT2/25/04-03 y la FAE/BT3/0033/04-04 a cargo del Lic. Mauricio Blancas Valerio.
- La sentencia otorgando el amparo y protección de la justicia de la Unión a fin de que se aceptaran sus pruebas de defensa en la averiguación previa se publico el 25 de febrero de 2005.
- El día 15 de marzo del presente año el Ministerio Publico de la Federación, dependiente de la Procuraduría General de la República, adscrito al Juzgado Primero de distrito B de amparo en materia penal interpuso recurso de revisión.
- El 28 de marzo el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal, admite el recurso de revisión que interpuso el Ministerio Público de la Federación, registrándolo bajo el número R.P. 623/2005.
- El 15 de abril se turna el mencionado recurso al Magistrado Leopoldo Cerón Tinajero del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del poder judicial de la Federación.
- A fines de abril el Ministerio Público de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, Lic. Blancas Valerio, consigna de manera dolosa la averiguación previa a sabiendas de que existía un amparo de la justicia de la Unión a favor de Carlos Agustín Ahumada Kurtz para que le aceptarán las pruebas de su defensa, mismo que se encontraba en revisión en el Tercer Tribunal Colegiado.
- El 9 de mayo de 2005, el juez 34° del fuero común del Distrito Federal niega la orden de aprehensión en contra de Carlos Agustín Ahumada Kurtz y otros nueve coacusados en la causa 115/2005 por un supuesto fraude de $29'121,621.17 pesos, señalando entre otras razones el que el ministerio público del Distrito Federal no había tomado en cuenta el amparo para que les fueran admitidas las pruebas de su defensa.
- El recurso de revisión del amparo pasa a sesión del 16 de Mayo, en la cual se declara improcedente la revisión del Ministerio Público de la Federación y se confirma la sentencia de amparo Carlos Ahumada para que le sean admitidas todas y cada una de las pruebas ofrecidas en su defensa y que no fueron aceptadas por la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, a nivel de averiguación previa.
- A pesar de contar con la sentencia de amparo ratificada por el Tercer Tribunal Colegiado, el 21 de junio el juez 34 del fuero común, dependiente del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, decreta el auto de formal prisión a Carlos Agustín Ahumada Kurtz por un supuesto fraude de $ 6'986,228.17 pesos por sobreprecios en obra realizada y cobrada en Tláhuac.
- El 27 de junio, Carlos Agustín Ahumada Kurtz solicita el amparo y protección de la justicia federal registrado con el número 1529/2005 que recae en el juzgado 5°A de distrito en materia penal del poder judicial de la Federación.
- El juzgado 5° A de distrito en materia penal se declara incompetente por existir antecedentes del caso en juzgado 1°B de distrito en materia penal por lo que lo turna a este último juzgado donde queda registrado con el número 1678/2005.
- Después de posponerse la fecha de la audiencia constitucional, ésta se llevó a cabo el día 16 de agosto del año en curso.
- El jueves 27 de octubre la Justicia de la Unión amparo de forma a Carlos Agustín Ahumada Kurtz, dentro del plazo establecido el Ministerio Público Federal interpuso recurso de revisión.
- El viernes 11 de noviembre, el juez 34 de lo penal, Armando Montoya Vázquez, otorgó a Carlos Agustín Ahumada Kurtz la boleta de libertad mediante un incidente de desvanecimiento de datos, con lo que obtuvo su segunda boleta de libertad.
- El lunes 28 de noviembre, los tres coacusados en este caso: Antonio Martínez Ocampo, Francisco Martínez Rojo y Pablo Martín Crisóstomo Pineda, obtuvieron su libertad mediante el mismo recurso y abandonaron el reclusorio.
- La Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal presentó apelación ante la decisión del juez 34.
El 17 de enero de 2007, el Juez 34 de lo Penal decreta agotada la instrucción.
El 27 de febrero de 2007 se decreta la acumulación de la causa 115/05, llevada en el Juzgado 34 penal, a la 38/2007 del Juzgado 12 de lo Penal.
El 7 de mayo de 2007, 1131 días después de haber sido privado de su libertad, se le otorga su boleta de libertad.
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